La llei del 'Solo sí és sí' allibera un depredador sexual amb una "alta probabilitat" de tornar a violar, així titula Javier Ricou el seu article a la Vanguardia. És un depredador sexual de llibre -ho diuen els informes penitenciaris- i la seva posada en llibertat recent és com un viatge en el temps, una història repetida amb fatals conseqüències, que ara es tem torni a repetir-se.
Daniel Padial González va ser alliberat dilluns passat. És un d'aquella vintena de violadors que han tornat a trepitjar el carrer abans del previst -hi haurà més en un futur- per la llei del "Solo sí és sí". Li faltava per fer encara mig any de condemna. El temor ara després de l'excarceració de Padial és que torni a passar el que ja va passar el 2008. Aquest any aquest depredador sexual només va trigar un mes a tornar a violar després de sortir de la presó. Els informes ja van alertar llavors de l'alt risc de reincidència d'aquest agressor sexual, que no està rehabilitat.
Francament, el títol de l'article de Ricou, no només no és encertat sinó que és tendenciós, perquè la llei del si és si, no allibera ningú, són els jutges els qui que en una esbiaxada i interessada interpretació d'aquesta llei, i per tant prevaricadora, alliberen aquests individus, i la prova està en que no a totes les comunitats s'aplica el mateix criteri. Es diu, s'addueix, que els jutges no decideixen, que es limiten a aplicar la llei, pero sabem que aixó sovint no és així, i aquest no seria el cas dels jutges del país veí ni del nostre. Estic segur que si aquesta llei, exactament igual, l'hagués promogut el Partido Popular, cap o molt pocs casos d'aquest tipus d'alliberament o reducció de condemna s'haurien donat. La pregunta és: Qui jutja als jutges?
Lo siento pero aquí , no solo no estoy en absoluto de acuerdo, es que el que haya hecho este artículo no tiene ni idea de derecho. Es verdad que los jueces interpretan las leyes, pero en penal, una vez firme la sentencia, lo único que hacen es sumar o restar en función de los beneficios penitenciarios a los que tenga derecho cada individuo. Eso no se hace a gusto del consumidor, es objetivo y reglado. Ningún juez deja suelto a un depredador si no le quedan más narices que hacerlo, así que es una solemne majadería decir que si la ley fuera del PP no saldría nadie. Cada caso es diferente y eso se nos olvida. Es como cuando en medicina el mismo médico opera a dos persona, uno muere y el otro se salva, es mejor médico en el primer caso que en le segundo? No, es el mismo, los diferentes son los pacientes. En derecho igual.
ResponEliminaMuchos besos! no me pongas estas cosas que me entran los siete males. Parece que se ha abierto la veda de cazar jueces , ya no nos queda nada a lo que disparar.
Sabia que no estarias de acuerdo con este escrito, pero yo lo veo así, quizás por que no tengo ni idea de derecho pero si de sentido común, y la trayectoria de decisiones judiciales incongruentes, algo me avala. No siempre podemos estar de acuerdo en todo.
EliminaMajadero según la RAE: Uno que es tonto, necio o hace o dice cosas inconvenientes. O sea, servidor, que reune tosas estas condiciones.
Saludos.
Para nada, tú no eres majadero en absoluto, en todo caso mensajero ; )
EliminaSabes lo que opino al respecto. Derecho Romano. Iustus /Honestus.
ResponEliminaUna Ley es para impartir justicia, luego es justa. Otra cosa es que la consideremos honesta.
Ejemplo que ya he puesto otras veces: En Arabia Saudí te puedes casar con cuatro mujeres. ¿Es honesto?, a todas luces, no. ¿Es justo?, la ley dice que si.
Si la ley no gusta, !cámbiese¡, que es lo que la Belarra y el Echenique y la Montero no quieren hacer, y no quieren hacer porque no quieren mostrar al público en general, y a los suyos en particular, que se equivocaron.
Es, como dijo Manuela Carmena, un berrinche de niños y una soberbia de mayores, pero esa soberbia va en detrimento y goteo cada día de las mujeres violentadas.
Salut
No ho tinc tan clar, confio tan poc amb la justicia, que em decanto cap la banda contraria, per la que poca simparia tinc, i malauradament els fets de la dubtosa honestedad dels jutges crec que em donen la raó. Al temps. No és soberbia, és presumpta prevaricació dels jutges, no tots, cert.
EliminaSalut
No, FRANCESC, no, tiene razón MIGUEL. La ley salió con un error garrafal, no excluyó la posibilidad de aplicación retroactiva, a partir de ahí, todo lo que está ocurriendo. Si un juez de verdad hubiera prevaricado en la aplicación de esta o cualquier otra ley se le hubieran echado encima todos los fiscales y abogados de Podemos, estate seguro que si no lo han hecho es porque no existe base alguna para ello. ¿Recuerdas lo que pasó con el caso con el caso de Henrrit Parot? El TS quiso aplicar retroactivamente una ley penal desfavorable a este etarra, los abogados de Erribatasuna recurrieron a Estrasburgo y este les dio la razón, no solo para Parot, después tuvieron que poner en libertad a Inés del Río Prada, miembro de ETA condenada a 2700 años de cárcel por varios atentados terroristas…salió tras cumplir menos de 18 ¿ tú crees que les fue grato? Pues claro que no, no tuvieron alternativa entonces y ahora, tampoco.
EliminaSupongo que todo va en como se considere la disposiciòn transitoria:
ResponElimina"La jurisprudencia sobre esta nueva ley es muy escasa por su reciente entrada en vigor, pero ya han sido varias las resoluciones que han puesto sobre la mesa las actualizaciones que se deben llevar a cabo dependiendo del caso concreto. Un ejemplo es el auto de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid por el cual se rebaja la pena de ocho a seis años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su hijastra. En este caso, según se indica: “… la pena mínima que se contempla el art. 183.1 y 3, es de 6 años de prisión: razón por la que conforme a lo dispuesto en el art. 2.2 del C.P. resulta ésta más favorable para el reo, por lo que procede la revisión en el sentido interesado por el penado”.
En contraposición, encontramos la postura de La Rioja, pues los cinco jueces de sala de la Audiencia Provincial han establecido un plan de revisión de todas las condenas y hasta este momento no ha habido ninguna modificación de las mismas. Esto es debido a que, aunque están de acuerdo con que los casos donde se fijan las penas máximas o mínimas los tribunales sí podrían reducir las condenas, en los que no se ha reducido dicha pena, es porque señalan que es perfectamente compatible con la nueva legislación. Esta compatibilidad tiene como causa principal que, sobre el caso de La Rioja, no se han impuesto penas mínimas o máximas, sino grados intermedios, lo que ha hecho que las condenas no se rebajen. El motivo principal es la aplicación de la disposición transitoria quinta incluida en el Código Penal de 1995 que expone que “en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código”.
Las diferentes opiniones sobre la vigencia de la disposición transitoria mencionada están a la orden del día. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja considera que la aplicación de esta disposición transitoria es independiente de que la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual no cuente con una disposición similar propia. Estas consideraciones son las que se han seguido en la Audiencia de Logroño en la que se han mantenido 54 sentencias exactamente igual a como estaban."
Fíjate como en la Rioja la actuacion ha sido diferente.No está nada claro, pero enfin, tampocomtenemos nada que hacer.
Un abrazo, un beso y un saludo.
Igual para ti! solo una cosita, el quid de lo que comentas está ahí, depende de si a los penados se les ha impuesto la pena máxima, mínima o el grado medio...esa es la cuestión por la que a unos se les rebaja y a otros no. Voy a ver qué nos cuentas en la siguiente entrada; )
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